Asistencia sanitaria en el extranjero
En Europa los mutualistas y beneficiarios de Muface necesitan la Tarjeta sanitaria europea. Fuera de Europa, se precisa el Certificado de cobertura de asistencia sanitaria en el exterior
Viajar informado es viajar más seguro. El Ministerio de Asuntos Exteriores ofrece información útil para cualquier viaje al extranjero. Además de consultar las Recomendaciones de Viaje específicas para el país o países de destino, es conveniente tener en cuenta unos consejos generales que la web exteriores.gob.es nos recomienda, como tener pasaporte, visados, carnet internacional de conducir, etc.
En cuanto a los funcionarios civiles, MUFACE cubre la asistencia sanitaria en el extranjero en los desplazamientos temporales mediante un sistema general de reintegro de gastos gestionado directamente por los Servicios Provinciales y las oficinas delegadas de dicho organismo.
Viajes a países de la Unión Europea. Tarjeta Sanitaria Europea
El mutualista titular del documento de afiliación puede solicitar la tarjeta sanitaria europea para él y para sus beneficiarios. Tanto si la pide por internet como si la gestiona personalmente, la obtendrá de forma inmediata en:
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La Sede electrónica de MUFACE. Por este procedimiento se podrá obtener de dos modos:
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A través de un Certificado Digital ó DNI electrónico.
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Mediante usuario y contraseña, para lo que será necesario un registro previo.
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Con entrega en mano, al solicitarlo en la Oficina de MUFACE personalmente. Debe presentar el documento de afiliación. El mutualista podrá autorizar a alguno de sus beneficiarios mayores de edad o a un tercero mayor de edad que realice la solicitud o solicitudes en su nombre. La autorización debe constar por escrito y acompañarse de fotocopia del DNI de quien haya autorizado.
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Por cualquiera de los medios indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso, el CPS o certificado provisional sustitutorio se enviará al domicilio que indique el mutualista.
¿Cuál es el plazo de validez de la Tarjeta Sanitaria Europea?
El período de validez consta en la propia tarjeta sanitaria europea, TSE, y tendrá una vigencia de dos años, tanto para el titular como sus beneficiarios.
La utilización de la TSE/CPS (Certificado Provisional Sustitutorio) durante su período de validez se encuentra condicionada a que su titular continúe reuniendo los requisitos que dieron lugar a su obtención. En otro caso, los gastos que se originen podrían ser reclamados en concepto de prestaciones indebidas de acuerdo con lo previsto en el artículo 76 del Reglamento (CE) 883/2004.
¿Cuál es el plazo de validez del Certificado Provisional Sustitutorio de la Tarjeta Sanitaria Europea?
De hasta 30 días. Si fuera necesario para una duración mayor, el titular deberá solicitarlo personalmente en la Oficina y es imprescindible justificar documentalmente las razones por las que la estancia va a superar los 30 días y no se puede solicitar la TS
Viajes temporales fuera de la UE por estudios o trabajo
El mutualista o sus beneficiarios necesitan el Certificado de cobertura de asistencia sanitaria en el exterior, que tiene como finalidad acreditar ante cualquier entidad pública o privada que el titular o sus beneficiarios disponen de cobertura del coste de la asistencia sanitaria en los desplazamientos temporales al extranjero, con una duración máxima de dos meses desde el inicio del desplazamiento. El reintegro de los gastos que se produzcan, en su caso, deberá ser solicitado por el titular en su Oficina de MUFACE, tal y como establece la normativa vigente.
Si los estudios se van a cursar en algún estado de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza, con la TSE es suficiente acreditación.
¿Cómo puedo obtener un certificado de cobertura de asistencia sanitaria en el exterior?
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Sede electrónica de MUFACE. Por este procedimiento se podrá obtener de dos modos:
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A través de un Certificado Digital ó DNI electrónico.
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Mediante usuario y contraseña, para lo que será necesario un registro previo.
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En todo caso en cualquier Oficina de MUFACE
El plazo máximo de cobertura para desplazamientos por motivos privados es de dos meses desde el inicio del desplazamiento, y en el caso de desplazamientos por motivos profesionales el plazo será el periodo de tiempo que dure la estancia profesional en el extranjero.
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