¿Se puede desgravar el seguro de vida en la declaración de la renta?

A la hora de presentar la declaración de la renta, solemos tener dudas sobre si los seguros se pueden desgravar. Si bien es común desgravarse el seguro de salud o del coche, no se suelen incluir los seguros de vida en la declaración de la renta. Por ello, en este artículo vamos a explicar los requisitos para poder desgravarte el seguro de vida y qué beneficios fiscales se pueden obtener.

Antes de nada, es importante conocer los diferentes tipos de seguros de vida, puesto que no todos ellos se pueden desgravar. Los seguros de vida o de vida riesgo, son aquellos seguros que, en caso de fallecimiento o de invalidez, los beneficiarios cobran el capital que se haya establecido.
 

El seguro de vida si eres autónomo

Que el seguro de vida se pueda desgravar va a depender de tu afiliación a la seguridad social. Es decir, que en el caso de ser un trabajador por cuenta propia, un autónomo, podrás desgravarte el seguro de vida incluso si has contratado las coberturas de invalidez permanente o incapacidad temporal. Siempre y cuando el límite no exceda de 500 euros al año.
 

El seguro de vida asociado a tu hipoteca

En el caso de que no seas autónomo, y trabajes por cuenta ajena, podrás desgravarte el seguro de vida si este está asociado a tu préstamo hipotecario. Pero un dato a tener en cuenta es que SOLO se aplica a las hipotecas firmadas antes del 1 de enero de 2013, donde las viviendas sí que se desgravan en la declaración de la renta, y por lo tanto, en este caso puedes incluir el seguro de vida a la deducción por vivienda habitual en tu declaración.

Cuando deduces los gastos de la vivienda adquirida, se permite desgravar hasta un 15% del total del gasto, es decir, que podrás desgravarte un 15% de la suma del gasto de la cuota de la hipoteca, el seguro de vida y el seguro de hogar.

Para ello, la vivienda debe estar ubicada en el territorio español, y el préstamo debe estar a nombre del titular del seguro de vida.
 

El seguro de vida vinculado a un plan de ahorro

Cuando hablamos de seguros de vida ahorro, o de planes de previsión asegurados, tributan de la misma forma que los planes de pensiones.

La cantidad que permite la deducción depende de la edad del contribuyente. Si eres menor de 50 años, el máximo está fijado en 10.000€. Si eres mayor de 50 años, se amplía a 12.500€.
 

Tomador y asegurado del seguro de vida

En los casos en los que el tomador del seguro y el beneficiario son distintas personas, el seguro tributa en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Si es la misma persona, se aplican en la declaración del IRPF.
 

¿Cómo tengo que incluir el seguro de vida en la declaración de la renta?

Independientemente de tu situación, si eres autónomo, si vas a desgravarte el seguro de vida asociado a tu hipoteca o si se trata de un plan de ahorro, deberás marcar la casilla 200 de la declaración de la renta, la correspondiente a primas de seguros.

Si el seguro de vida está vinculado a un plan de ahorro, marcar la casilla 35.
 

Otros requisitos para desgravar los seguros de vida en la declaración de la renta

  • Debe estar contratado a tu nombre o en su defecto al de tu cónyuge, ascendentes o descendientes.

  • La cobertura principal de tu seguro de vida tiene que ser el riesgo de fallecimiento.

  • El importe de la prima total del seguro no puede ser superior al límite que impone Hacienda.

  • La compañía aseguradora debe estar autorizada por el Banco de España. 

  • Acreditar que el pago de las primas corresponde a tu cuenta bancaria y estás al día del pago del seguro.

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