¿Se puede cancelar un seguro de vida antes de su vencimiento?

Se puede cancelar un seguro de vida antes de su vencimiento en los siguientes casos:

  • Antes de la fecha de vencimiento de la póliza para evitar su renovación automática. Pero, para ello se debe comunicar a la compañía al menos, con 30 días de antelación (puede hacerse antes). Es importante tener en cuenta que las pólizas de vida tienen una renovación anual automática, por lo que, si no comunicas dentro del plazo tu intención de no renovar la póliza.

  • En los 14 días que siguen a la firma del contrato del seguro de vida como desestimiento del contrato.

Estas son los dos supuestos contemplados en la Ley del Contrato del Seguro y que, por tanto, son un derecho para el asegurado.

Pero, hay otras formas de cancelar el seguro de vida antes de su vencimiento, y es en los casos en los que la compañía aseguradora no cumpla con el contrato o si cambia las condiciones del producto sin previo aviso. En el caso de que lo haga y te lo notifique, el tomador tiene 15 días para aceptar o rechazar las nuevas condiciones.
 

¿Se puede cancelar el seguro de vida incluido en un préstamo?

Igual que en el caso anterior, sí, se puede cancelar antes del vencimiento tal y como se estipula en la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro siempre y cuando se respeten los plazos establecidos.

Pero, antes de cancelar el seguro de vida asociado a la hipoteca, hay que comprobar si nos estamos beneficiando de algún tipo de bonificación por disponer de este seguro, ya que los bancos suelen mejorar las condiciones del préstamo si contratas un seguro con ellos.
 

Cómo se puede cancelar un seguro de vida antes del vencimiento

Si estás dentro de los plazos establecidos por la Ley tan solo deberás seguir unos sencillos pasos para cancelar el seguro de vida antes del vencimiento. Y son:

  • Informa a la empresa aseguradora de tu voluntad de anular el seguro de vida. Lo más conveniente es hacerlo por escrito, mediante una carta certificada en los 14 primeros días desde la firma del contrato o, en su lugar, antes de que se cumplan los 30 días anteriores a su vencimiento.

  • Envía la documentación correspondiente para cursar la baja. Adjunta una fotocopia del DNI para facilitarla. Conserva una copia de la solicitud por si necesitas acreditar que has cumplido con los tiempos establecidos.

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