Ley sobre la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado

Regulado en el Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 junio, que fue complementado después por el Reglamento de Mutualismo Administrativo del Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo.

 

La ley junto con el reglamento del mutualismo administrativo regulan, entre otros aspectos, la asistencia médica de los mutualistas. Hay también otras normas que complementan esta legislación, como el Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, de estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (BOE número 109 de 7 de mayo).

  • Ámbito de aplicación de la Ley

  • Estructura de la Ley de Funcionarios Civiles

  • Antecedentes de la Ley

  • Las principales normas referentes a MUFACE complementarias de la Ley

 

Ámbito de aplicación de la Ley

La Ley se aplica a los funcionarios de carrera de la Administración Civil del Estado y a los funcionarios en prácticas, y constituye un régimen especial

Este Régimen especial cuenta con dos mecanismos de cobertura complementarios:

 

  1. a) El Régimen del Mutualismo Administrativo, gestionado por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), Organismo Público dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

  2. b) El Régimen de Clases Pasivas, gestionado por la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, que tiene las competencias para el reconocimiento de los derechos pasivos y la concesión de las prestaciones de clases pasivas (jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares). Desde el 1 de enero de 2011, quienes acceden a la condición de funcionarios de la Administración Civil del Estado, no tienen este mecanismo de cobertura sino que están obligatoriamente incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, a los exclusivos efectos de sus derechos pasivos.

 

Estructura de la Ley de Funcionarios civiles

La Ley consta de 37 artículos, 10 disposiciones adicionales, 1 disposición derogatoria única y 3 disposiciones finales. Tiene 7 capítulos que abordan las cuestiones fundamentales, que se desarrollan en el Reglamento.

Los 7 capítulos son:

 

  1. Capítulo 1: Disposiciones Generales

  2. Capítulo 2: Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado

  3. Capítulo 3: Incorporación y cotización

  4. Capítulo 4: Contingencias y prestaciones en general

  5. Capítulo V: Prestaciones en particular

  6. Capítulo Vi: Régimen Económico

  7. Recursos y régimen jurisdiccional

 

Antecedentes de la Ley

Las leyes anteriores a la Ley del año 2000 y básicas para su promulgación son:

  • Ley 29/1975 sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, inspirada en la Ley de 1963 de Bases de la Seguridad Social

  • Ley 50/1998 de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden social, que fue la ley que facultó al Gobierno para que en un año procediera a la elaboración de un texto refundido que armonizara la Ley 29/1975 con las disposiciones contenidas en normas con rango de ley, que hubieran incidido en el ámbito del mutualismo administrativo gestionado por MUFACE.

  • La aprobación de la Ley 39/1999, de 5 de noviembre , para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras, que introduce la situación de riesgo durante el embarazo como contingencia protegida en el Régimen especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, y las otras modificaciones de este Régimen contempladas en la Ley 55/1999, de 29 de diciembre , de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, aconsejaron a las Cortes Generales la concesión, en la última Ley citada, de una prórroga hasta el 30 de junio del año 2000, de la delegación legislativa conferida al Gobierno, con el fin de permitir la integración de estas novedades legislativas en el texto refundido

  • De esta forma, el 23 de junio del 2000 se aprobó el Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado vigente.

 

Las principales normas referentes a MUFACE complementarias de la Ley

A modo resumido, las normas complementarias son las siguientes: (aparte de la ley y el Reglamento ya citados)

Organización de MUFACE: Real Decreto 577/1997 de 18 de abril

Adaptación de los porcentajes de cotización de los mutualistad y aportación del Estado a MUFACE, Fuerzas Armadas y Mutualidad General Judicial: Real Decreto 657/1989

 

Adecuación de los procedimientos en materia de Mutualismo administrativo y Fondo especial de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. REAL Decreto 1733/1994

Procedimiento para la incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia: Orden PRE/1744/2010, de 30 junio

 

Enfermedad profesional y accidente en acto de servicio en el mutualismo administrativo de MUFACE: Orden APU 3554/2005 DE 7 DE Noviembre

Prestaciones complementarias Orden APU 2245/2005, de 30 de junio

Procedimiento de ingreso de cotizaciones de los mutualistas a MUFACE Orden APU 284/2004 de 2 Febrero

 

Normas para la aplicación del subsidio de defunción en el Régimen de Funcionarios Civiles: Orden APU 95/2004 DE 12 DE Enero

Ayuda para adquisición de vivienda por mutualistas Orden de 29 de julio de 1987

 

Delegación de atribuciones: Resolución de 23 de mayo de 2012

Asistencia sanitaria fuera del territorio nacional: Resolución de 26 de junio de 2014

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