DKV Renta Baremado

El seguro de subsidio pensado para proteger la economía de los autónomos con una indemnización al comenzar la baja laboral por enfermedad o accidente.

  • Tu economía no se ve afectada

  • Percibirás la indemnización según baremo con la mayor rapidez.

  • Servicios médicos adicionales.

  • Desde 5€/mes
     

Todos los detalles sobre el seguro de baja laboral DKV Renta Baremado

Protegemos y cuidamos tu salud y economía para que no tengas que preocuparte de tu negocio en caso de no poder acudir a tu puesto de trabajo

Coberturas y servicios

Te ofrecemos las máximas facilidades de gestión: ante una baja médica, te pagamos de inmediato la indemnización, antes de recibir el alta, sin seguimiento de la enfermedad y sin tener en cuenta el tiempo real de recuperación.

Una enfermedad o un accidente pueden obligarte a coger una baja laboral, lo que supone menos ingresos y más gastos. Con este seguro tu economía no se verá afectada en caso de baja laboral, ya que cada siniestro o patología tiene asignado una cantidad económica (baremo).

 

Coberturas básicas

  • Indemnización diaria ante incapacidad temporal y/o accidente

    Estar enfermo o sufrir un accidente no supondrá una merma económica, ya que podrás hacer frente a los gastos de tu negocio. Recibirás una indemnización ante una incapacidad transitoria.

  • Cobertura patologías comunes

    A diferencia de otras compañías, cubrimos patologías comunes en especialidades tan importantes como digestivo, oftalmología, osteomuscular, otorrino, respiratorio, urología, esguinces, luxaciones, heridas y traumatismos.

  • Prestación económica por parto

    Tanto si tu baja médica es por parto o si estás en un proceso de adopción, recibirás hasta 20 veces la indemnización contratada en tu seguro de renta.

  • Cobertura en caso de baja por COVID-19

    En caso de baja laboral por enfermedad por COVID-19 estarás cubierto, asimilada a los baremos en función del diagnóstico.

Coberturas opcionales

 

  • Renta con franquicia de 90 días

    Una cobertura que puedes contratar para sentirte completamente seguro en casos de incapacidad temporal prolongada: si la baja se prolonga más tiempo del que se fija en el baremo, a partir del día 90, DKV continuará pagándote hasta que se produzca el alta.

  • Indemnización en caso de hospitalización por enfermedad y/o accidente

    Recibe una indemnización por cada día que pases hospitalizado.

  • Intervención quirúrgica

    Capital asegurado en caso de una intervención quirúrgica.

Servicios adicionales

 

  • Líneas médicas telefónicas

    Un médico telefónico disponible las 24h, línea médica pediátrica 24h para atender la salud de tus hijos en cualquier momento. La mayor gama de líneas especializadas del mercado: línea médica del embarazo, de la mujer, nutricional, de obesidad infantil entre otras.

  • Segunda opinión médica

    Siéntete seguro de que recibes el mejor tratamiento posible con una segunda opinión médica en caso de enfermedad grave.

  • Servicios de salud añadidos

    Accederás a un catálogo de servicios de salud y bienestar al mejor precio: audífonos, cirugía de la miopía y la presbicia, cirugía estética, reproducción asistida, estudio biomecánico de la marcha, ópticas y ortopedia, parafarmacia, etc.

Un seguro de baja laboral te ayuda a mantener tus ingresos cuando por enfermedad o accidente no puedas trabajar

¿Por qué contratar tu seguro de baja laboral con DKV?

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Preguntas frecuentes
Resolvemos las dudas sobre nuestros seguros de baja laboral

¿Qué es el seguro de baja laboral?

Es un seguro que te garantiza una prestación económica. Se aplica en caso de que sufras una incapacidad laboral temporal que te impida realizar tu trabajo habitual. Esto puede ser provocado por una enfermedad o un accidente. La prestación varía según el capital que hayas asegurado.

¿Qué se asegura dentro de una póliza de baja laboral?

  • El seguro de renta asegura la incapacidad temporal. Cubre la pérdida de rentas del trabajador producida por enfermedad o accidente

  • Hospitalización. Por cada día que estés hospitalizado, recibirás una compensación económica desde las primeras 24 horas hasta 365 días

  • Intervención jurídica. DKV Seguros garantiza al asegurado el pago de una prestación económica única. Su importe se calcula aplicando, al capital asegurado para la cobertura de intervención quirúrgica reflejado en las condiciones particulares

  • Invalidez absoluta y permanente. Se entiende por invalidez absoluta y permanente la situación física irreversible provocada por una enfermedad o accidente

  • Asistencia médica por accidente. Siempre que deriven de un accidente cubierto por la póliza.

¿Cuánto dura el seguro de baja laboral?

La duración del contrato establecido en la póliza es anual prorrogable, pero el pago de las primas puede fraccionarse, con un pequeño recargo, mensual, trimestral o semestral.

¿Qué ocurre si cambia su situación laboral o su actividad profesional después de contratarlo?

Nos debe comunicar lo antes posible el cambio de su situación para poder calcular nuevamente la prima de su seguro de acuerdo a la nueva actividad, lo que puede representar un incremento o disminución del precio en función del nivel de riesgo que conlleve dicha actividad. De este modo evitaremos cualquier tipo de problema o confusión en la tramitación del siniestro.

¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?

  1. El contrato, una vez firmado y pagado el primer recibo, comenzará y finalizará en la fecha indicada en las condiciones particulares, renovándose todos los años, salvo que una de las dos partes (contratante o compañía) exprese lo contrario.

  2. Así mismo, el contrato finalizará: · Al término del año en que el asegurado cumpla 70 años.

  3. Cuando el estado del asegurado pase a ser de invalidez o incapacidad permanente para el ejercicio de su profesión solicite un reconocimiento de dicho estado, o perciba una pensión, prestación o indemnización por dicha causa.

  4. Cuando el asegurado pase a la situación de jubilación, desempleo (o situación asimilada) o cese toda actividad profesional o laboral.

¿Hay un límite máximo de edad para las coberturas del seguro?

El límite máximo son los 70 años, salvo el caso de la cobertura de invalidez absoluta y permanente, que es de 65 años de edad

¿Qué son los riesgos excluidos?

Son las enfermedades, accidentes, circunstancias, alteraciones, actividades… que no quedan cubiertos en la póliza y que por tanto no dan derecho a prestación. Los riesgos excluidos son los pactados con usted en el momento de la firma de la póliza y se detallan en el contrato, resaltados con negrita.

Por ejemplo:

  • Las patologías de cualquier tipo de origen que ya existían en el momento de la contratación del seguro.

  • “Coberturas adicionales”

  • El embarazo, aborto y puerperio.

  • Las enfermedades o lesiones ocasionadas u ocurridas en estado de embriaguez, alcoholismo, toxicomanía, consumo de drogas o estupefacientes sin prescripción médica.

¿Cuál es el periodo de baja máximo garantizado?

Usted puede elegir distintas posibilidades. En las condiciones particulares se concreta tanto las coberturas contratadas como el periodo máximo garantizado.

¿Me cubre la baja por embarazo y/o parto?

Aunque el parto no se considera ninguna enfermedad, las madres que lleven más de ocho meses aseguradas recibirán una prestación por este motivo. Será necesario tener contratada alguna de las garantías siguientes: incapacidad temporal diaria, incapacidad temporal baremada, hospitalización o intervención quirúrgica, y se tendrá el alcance y condiciones descrito en cada una de ellas.

¿Cuánto tiempo transcurre entre que comunico mi baja y comienza el cobro de la indemnización?

Tras la presentación de la declaración de siniestro, parte de baja y del resto de la documentación solicitada, y una vez acreditado por DKV Seguros el derecho a la prestación y comprobado el alcance definitivo de la misma, se procederá a tramitarla en un plazo inferior a dos semanas. En el caso de incapacidad temporal prolongada (superior a cuarenta días), podrá solicitar el anticipo de la prestación por incapacidad temporal diaria que corresponda al periodo de baja que haya quedado suficientemente acreditado.

Una vez cubierta tu asistencia en caso de baja laboral

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